El presidente Mauricio Macri dispuso, a través de un decreto de
Necesidad y Urgencia (DNU), que el Departamento de Intercepción y
Captación de Comunicaciones (Dicom), también conocido entre los
servicios de inteligencia como "Ojota", sea transferido del Ministerio
Público Fiscal (MPF) a la Corte Suprema de Justicia.
Tras la
publicación del DNU en el Boletín Oficial, la Corte firmó una acordada
en la que sus miembros decidieron postergar la transferencia hasta el 15
de febrero del 2016 y el MPF señaló que se trata de una medida
"inconstitucional pues elude el debate parlamentario sin justificación
válida".
Atentos a los eventuales cuestionamientos a la
constitucionalidad de la medida, los miembros del máximo tribunal
judicial expresaron por escrito que "lo expresado (en la acordada) lo es
sin perjuicio de la evaluación que esta Corte pueda efectuar sobre la
validez del decreto 256/2015 en ejercicio de sus facultades
constitucionales".
La resolución de Macri, refrendada por todo el
gabinete de ministros, deshizo una decisión que había tomado este año
el Congreso Nacional cuando sancionó la nueva Ley de Inteligencia y
despertó críticas de la titular de ese departamento, la fiscal Cristina
Caamaño.
El decreto 256/15 hace efectiva la transferencia de la
tarea de las escuchas telefónicas junto "con la totalidad del personal,
bienes, presupuesto vigente, activos y patrimonio afectados al
Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones".
La
medida dictada por el Poder Ejecutivo señala que "la Corte Suprema
dictará el reglamento de funcionamiento del actual Departamento; dicho
organismo estará a cargo de un juez penal con rango de juez de Cámara,
quien será designado por sorteo y durará en sus funciones por un plazo
de un año y no podrá ejercerlas nuevamente hasta transcurrido un período
de cinco años".
Por su parte, los jueces de la Corte, Ricardo
Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, decidieron
postergar la transferencia hasta mitad de febrero, porque "no es posible
llevar adelante de inmediato esta misión, dada su importancia y
especificidad, en tanto involucra la organización de medios humanos y
materiales así como la prolija tarea reglamentaria y una ordenada
transición".
En tanto, el MPF dejó sentada su posición a través
de un comunicado publicado en el sitio fiscales.gob.ar en el que remarcó
que "la decisión del Ejecutivo es inconstitucional pues elude el debate
parlamentario sin justificación válida, mucho más cuando no se ha
ejercido la facultad presidencial de convocar al Congreso de la Nación a
sesiones extraordinarias".
"El esquema de división de poderes
que consagra la Constitución Nacional argentina prohíbe al Presidente
ejercer funciones legislativas. Las escasas excepciones a esta
prohibición exigen siempre la acreditación de situaciones de necesidad y
urgencia, que no se dan en el caso", agregó.
La titular del
Dicom de la Procuración General de la Nación, la fiscal Caamaño,
consideró que el DNU que transfiere el organismo a la órbita del máximo
tribunal judicial es un "mamarracho jurídico" porque, entre otras cosas,
versa sobre asuntos penales, algo que la Constitución Nacional no
permite y alertó sobre la posibilidad de que genere relaciones
"promiscuas" entre jueces y agentes de inteligencia.
La
Constitución Nacional establece, en su artículo 99 inciso 3, que
"solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir
los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción
de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal,
tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, podrá
dictar decretos por razones de necesidad y urgencia".
Caamaño
anticipó también que el equipo jurídico de la Procuración realizará "una
presentación, pero no hoy, sino cuando termine la feria, en febrero" en
rechazo del decreto de necesidad y urgencia.
La nueva ley de
inteligencia fue sancionada el 26 de febrero cuando recibió 131 votos a
favor y 71 en contra, durante la madrugada en la que fue puesta a
consideración de la Cámara de Diputados.
Durante aquel debate, la
diputada nacional del Frente para la Victoria, Diana Conti,había
ponderado el traspaso de la Dirección de Observaciones Judiciales a la
Procuración General, como uno de los mejores aspectos de la ley:
“Sacándole la tarea de las escuchas a esa agencia y poniéndola en otro
poder del Estado, un extra poder, se le saca la tarea fundamental para
que el contubernio entre los agentes y el Poder Judicial deje de
existir”.
Tras la publicación del DNU, de a cuerdo a lo que
indica el inciso 3 del artículo 99 de la carta magna, "el jefe de
gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá
la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente".
"Esta
comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de
cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato
considerarán las Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría
absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el
trámite y los alcances de la intervención del Congreso", finaliza el
texto constitucional.