Los ciudadanos que no votaron en las PASO -en las que concurrieron a las
urnas el 73,96 por ciento del total habilitado-- deberán justificar esa
situación dentro de los 60 días, según el procedimiento de cada juzgado
electoral en todo el país.
Para ello, se debe ingresar en la web
infractores.padrón.gov.ar, en la que se puede justificar la no emisión
del voto en las PASO.
Según esta previsto en la ley electoral, el
monto de la multa es de 50 pesos para quien no haya votado en las
primarias y tampoco haya justificado la no emisión del voto.
Si
el elector infractor no vota en las elecciones generales de octubre y no
justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende a 100
pesos.
Por lo tanto, aquellos electores que figuren como
infractores tanto en las primarias como en las generales, deberá pagar
una multa de 150 pesos.
El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente, que está a cargo del Ministerio del Interior.
Mientras
los infractores no regularicen su situación, pagando la multa
correspondiente, no podrán realizar gestiones o trámites ante los
organismos estatales nacionales, provinciales, de la ciudad autónoma de
Buenos Aires o municipales durante un año.
Para pagar la multa
correspondiente, hay dos vías de pago: a través del Banco de la Nación
Argentina o por otros medios de pago como tarjeta de crédito,
transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.